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¿Qué requisitos tiene que cumplir una empresa para obtener un CAE?

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Para que una empresa pueda obtener un Certificado de Ahorro Energético (CAE), es fundamental que cumpla con una serie de requisitos y condiciones establecidos por la normativa vigente y siga los pasos necesarios para transformar los ahorros de energía en activos intercambiables.  Los CAEs son una herramienta clave para monetizar las inversiones en eficiencia energética y contribuir a los objetivos de ahorro nacionales. 

A continuación, te explicamos los requisitos que tu empresa debe cumplir para conseguirlo.

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Realizar el trámite a través de un Sujeto Obligado (SO) o Sujeto Delegado (SD)

Para participar en el sistema CAE, es clave entender las figuras del Sujeto Obligado (SO) y el Sujeto Delegado (SD), ya que son los únicos que pueden realizar los trámites con la Administración para solicitar la emisión de un CAE.

Sin embargo, cualquier empresa puede beneficiarse del sistema CAE siempre que lleve a cabo una actuación de eficiencia energética que genere ahorro. La diferencia es que, para tramitarlo, necesitará a un SO o un SD que le compre el ahorro de dicha actuación.

Sujetos Obligados (SO)

Son las empresas comercializadoras de gas y electricidad, así como los operadores de productos petrolíferos y de gases licuados de petróleo, que tienen la obligación legal de contribuir al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). 

Disponen de dos vías:

  • Aportación financiera al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) de forma directa.
  • Adquisición y liquidación de CAEs: como alternativa, pueden comprar Certificados de Ahorro Energético en el mercado para justificar el cumplimiento de su obligación, lo que puede resultar una opción más eficiente económicamente.

Un Sujeto Obligado también puede generar sus propios CAEs si implementa medidas de eficiencia energética. Para ello deberá seguir el mismo proceso de verificación que un Sujeto Delegado.

Sujetos Delegados (SD)

Cualquier empresa que, independientemente de su sector, sin ser Sujetos Obligados, asumen la responsabilidad de tramitar y obtener los CAE. Puede hacerlo para sí misma, si es la que realiza la inversión (convirtiéndose en propietaria del ahorro), o puede gestionar los ahorros de un tercero a través de un acuerdo.

Para poder operar como Sujeto Delegado, las empresas deben estar debidamente acreditadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Este proceso de acreditación exige cumplir con una serie de condiciones que garantizan su solvencia y capacidad, entre los que se incluyen:

  • Capacidad legal y administrativa: tener personalidad jurídica y un objeto social relacionado con la eficiencia energética.
  • Capacidad técnica: disponer de personal cualificado y los medios necesarios para desarrollar los proyectos.
  • Capacidad económica: demostrar la solvencia financiera para afrontar las inversiones y operaciones.
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Realizar actuaciones de eficiencia energética

El requisito fundamental para generar un CAE es implementar una o varias actuaciones que consigan un ahorro de energía final medible y demostrable. Estas deben ser adicionales a las obligaciones legales ya existentes. 

Existen dos tipos de actuaciones:

  1. Estandarizadas: medidas recogidas en un catálogo oficial de fichas técnicas, que simplifican el cálculo y la verificación del ahorro. Incluyen desde la renovación de equipos por otros más eficientes, hasta la mejora del aislamiento.
  2. Singulares: son proyectos más complejos o específicos que no se ajustan a ninguna ficha del catálogo. Requieren una metodología de cálculo y un proceso de verificación más detallado para justificar los ahorros. Un ejemplo puede ser la recuperación del calor residual de un proceso industrial.

Antes de iniciar un proyecto, es importante tener en cuenta dos puntos clave:

  • Ahorro mínimo: aunque para la tramitación final de un CAE se exige un ahorro mínimo de 30 MWh anuales, esta limitación no aplica a la empresa que genera el ahorro. Los Sujetos Obligados o Delegados pueden agrupar varias actuaciones más pequeñas hasta alcanzar ese umbral.
  • Valor del CAE: cada CAE, que equivale a 1 kWh/año ahorrado, tiene un valor económico en el mercado que permite a la empresa obtener un retorno por su inversión.

Cumplir con la normativa CAE

Todo el proceso está estrictamente regulado para garantizar su transparencia y fiabilidad. La normativa principal que toda empresa debe conocer y cumplir es:

  • Real Decreto 36/2023: establece las bases del sistema de Certificados de Ahorro Energético.
  • Orden TED/815/2023: desarrolla parcialmente el Real Decreto, detallando aspectos clave del procedimiento.
  • Orden TED/845/2023: aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.

Es imprescindible seguir los procedimientos descritos en esta legislación para que el CAE sea validado.

Identificar y cuantificar los ahorros

Una vez realizada la actuación, el ahorro energético debe ser calculado de forma precisa. La metodología varía si la actuación es estandarizada (donde se usa la fórmula de la ficha correspondiente) o singular (que requiere un análisis específico). La correcta cuantificación es esencial para determinar el valor del CAE.

Verificar los ahorros

Los ahorros energéticos declarados deben ser verificados por una entidad acreditada. Se trata de una entidad independiente y acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) que revisa toda la documentación técnica y administrativa para emitir un dictamen favorable, validando que la actuación se ha realizado correctamente y que el ahorro calculado es correcto.

El proceso de verificación se basa en un expediente documental sólido. Aunque puede variar, la documentación fundamental incluye:

  • Memoria técnica del proyecto: describe en detalle la actuación implementada.
  • Cálculos de ahorro energético: el análisis que cuantifica el ahorro de energía final.
  • Pruebas de ejecución: evidencias como facturas, fotografías geolocalizadas o certificados.
  • Informe final del verificador: el dictamen favorable que certifica el ahorro. 

Obtén certificados de ahorro energético para tu empresa

Una vez que los ahorros han sido verificados, el Sujeto Delegado u Obligado presenta la solicitud de emisión del CAE ante el Gestor Autonómico (el organismo designado por cada Comunidad Autónoma). 

Una vez emitido e inscrito en el Registro Nacional de CAE, el certificado se convierte en un producto que puede ser vendido a un Sujeto Obligado para que cumpla con sus obligaciones.

Así, este mecanismo impulsa la eficiencia al mismo tiempo que ofrece importantes ventajas económicas, permitiendo a cualquier empresa obtener un retorno monetario por sus esfuerzos de ahorro.