Normativa sobre la matriculación del patinete eléctrico en 2026
La normativa actual establece que los patinetes eléctricos deben estar inscritos en el registro oficial correspondiente. Esta inscripción permite identificar el vehículo y vincularlo a su propietario. Además, el patinete debe contar con:
- Un certificado de circulación que garantice que cumple con los requisitos técnicos. Desde el 22 de enero de 2024, todos los patinetes eléctricos o Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que se comercializan deben contar con ello. Los patinetes adquiridos antes de esta fecha podrán circular sin este certificado hasta el 22 de enero de 2027.
- Registro activo en el sistema oficial.
- Un identificador visible (similar a una matrícula): no es una matrícula tradicional para el usuario particular como la de un coche o una moto, sino un sistema de inscripción y certificación del VMP. Es obligatoria desde comienzos de 2026.
Si tu patinete supera los 25 km/h de velocidad máxima por diseño, ya no entra como patinete VMP y puede pasar a otra categoría, como ciclomotor. En este caso deberá seguir la normativa y matriculación propios de ese tipo de vehículos.
Además de la documentación, es recomendable revisar la normativa sobre llevar casco en un patinete eléctrico.