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¿Tienes dudas?
En el Real Decreto-ley 10/2022 se establece, con carácter temporal, un mecanismo para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, basado en un ajuste de costes de producción asociado a la fijación de un tope del precio del gas que será de aplicación desde el 15 de junio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.
El citado mecanismo conlleva la compensación económica a la generación térmica afectada por el tope del precio del gas (Ciclos Combinados, Carbón y Cogeneración sin retribución específica) por parte de la demanda indexada o bien contratos renovados con posterioridad al 26 de abril de 2022.
Repsol Comercializadora de Electricidad y Gas, S.L., repercutirá este nuevo coste regulado temporal derivado de la compensación económica a la generación térmica que establece el Real Decreto-Ley 10/2022 a todos los contratos indexados y a aquellos contratos con inicio de vigencia posterior a 26 de abril de 2022, en las facturas emitidas con consumos a partir del 15 de junio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.
Este nuevo coste regulado se incluirá como un concepto adicional en las facturas bajo el nombre: Coste intervención gas RDL 10/2022.
Cuando inicies las gestiones con la empresa que va a suministrarte la electricidad, debes barajar algunos términos que van a determinar el precio final del alta de la luz. En este sentido, uno de los factores más importantes a la hora de establecer el precio será la potencia de contratación. Cuánto más alta sea esta potencia, mayor será el importe a pagar. En este caso también es importante tener en cuenta que, si tuvieras que aumentar la potencia de un contrato ya existente, este cambio también supondría un incremento del gasto.
Como consumidores y usuarios, existe un importe fijo que tendremos que pagar a la distribuidora de nuestra zona, independientemente de con quién vayamos a contratar el suministro de electricidad. Esta parte fija de la factura se divide en los siguientes conceptos:
A partir de este momento todo dependerá de la potencia que contrates y de la eficiencia con que realices tu consumo mensual.
¡No! El cambio no supone ningún coste ni ningún cambio en el funcionamiento de tu suministro. Debes saber que, hablando de energía, por lo que pagas, es por el precio de la tarifa que escoges y por el uso que haces de la energía que contrates, no por la comercializadora a la que elijas (en este caso, Repsol).
Aún así, debes tener en cuenta que, probablemente, cuando ya te hayas cambiado, aún pueda llegarte una última factura de luz de tu anterior compañía, cuyas fechas comprenderán la de tu última factura y la del cambio. Cuando ya hayas abonado esa, las únicas facturas que te llegarán serán nuestras.
Además, en Repsol contamos con tarifas de luz que se adaptan completamente a tu rutina para que siempre pagues lo que debes pagar. Asimismo, el proceso de contratación es muy sencillo y solo consta de cuatro pasos:
¿Ya te has decidido? ¡Empecemos a formalizar tu contrato de luz! Pásate a la energía de Repsol.
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Nunca. En ningún momento cabe la posibilidad de que te quedes sin suministro. El proceso es meramente de cambio de suministrador y en ningún momento, la empresa distribuidora suspende el suministro, simplemente cambia la empresa que te factura el mismo.
Contratar con nosotros es un beneficio porque...