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Certificado energético: qué es, para qué sirve y cuándo es obligatorio

certificado energetico edificios en viviendas y empresas

El certificado energético (CEE) es un documento para conocer la eficiencia energética de una vivienda o edificio. Pero ¿es realmente obligatorio para todos?, ¿para qué sirve exactamente?, ¿qué información nos aporta sobre nuestra propiedad?

A continuación, resolveremos todas estas preguntas para que tengas toda la información sobre este documento.

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¿Qué es el certificado energético?

El certificado energético es un documento oficial regulado en España por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), que acredita la eficiencia energética de una vivienda o edificio. Lo elabora un técnico cualificado y su contenido está regulado en España por el marco normativo vigente, principalmente el Real Decreto 390/2021.

En él se refleja tanto el consumo energético como las emisiones de CO₂ del inmueble, asignando una calificación en una escala que va desde la letra A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente). Es obligatorio tanto para una compraventa o como para el alquiler de un inmueble. 

Esta Certificación Energética de los Edificios debe mostrarse en cualquier anuncio de venta o alquiler, tanto para inmuebles de obra nueva como existentes. Su principal objetivo es fomentar la sostenibilidad, mejorar la eficiencia energética del parque inmobiliario y facilitar información transparente a compradores y arrendatarios.

¿Para qué sirve el certificado de una vivienda?

El certificado energético es una herramienta fundamental para cualquier propietario de una vivienda por varias razones:

  • Cumplir con la normativa: es un documento obligatorio para vender o alquilar, por lo que tenerlo en vigor evita problemas legales.
  • Conocer el consumo real: permite saber cuánta energía consume la vivienda y compararla con otras, lo que da una idea clara de los futuros gastos en facturas.
  • Identificar oportunidades de ahorro: el informe incluye recomendaciones de mejora (cambio de ventanas, mejora del aislamiento, etc.) que, si se aplican, pueden reducir significativamente el importe de las facturas de luz y gas.

¿Y en una empresa?

Para una empresa, el certificado energético va más allá de un simple trámite. Sirve para:

  • Optimizar costes operativos: identifica puntos de derroche energético, permitiendo implementar medidas que reduzcan los gastos fijos en luz y gas.
  • Reforzar la Responsabilidad Social Corporativa (RSC): demuestra un compromiso real con la sostenibilidad y la reducción de emisiones, mejorando la imagen de marca ante clientes, empleados e inversores.
  • Revalorizar los activos: un edificio de oficinas o un local comercial con una alta calificación energética (A o B) tiene un mayor valor de mercado y es más atractivo para inquilinos.
  • Mejorar el confort y la productividad: un espacio de trabajo bien aislado y climatizado de forma eficiente crea un ambiente más cómodo, lo que puede influir positivamente en la productividad del equipo.

Normativa certificado energético 2026

En 2026, la referencia normativa en España sigue siendo el Real Decreto 390/2021, mientras continúa la adaptación al marco europeo impulsado por la Directiva (UE) 2024/1275 sobre eficiencia energética de edificios.

Con la vista puesta en el futuro, la normativa evoluciona hacia estos puntos clave:

  • Edificios de Energía Casi Nula (nZEB): Las nuevas construcciones o grandes rehabilitaciones deben cumplir con estándares muy exigentes, lo que implica un consumo energético bajo y el uso de fuentes de energía renovables. Para 2028, los edificios nuevos de titularidad pública deberán ser de cero emisiones, y para 2030, todos los edificios nuevos deberán serlo, según se transponga la normativa europea y su transposición nacional.
  • Posibles requisitos mínimos de calificación: se prevé que en los próximos años se establezcan calificaciones energéticas mínimas para poder vender o alquilar inmuebles.
  • Mayor control y actualización: aunque la validez general es de 10 años, futuras normativas podrían ajustar este periodo para mejorar el control sobre la eficiencia del parque inmobiliario.

Conviene tener en cuenta que algunos requisitos concretos dependerán de cómo se incorpore esta directiva al ordenamiento jurídico español.

¿El certificado energético es obligatorio en una vivienda?

Sí, es obligatorio tener un certificado energético válido para vender o alquilar una vivienda. La responsabilidad de obtenerlo y renovarlo recae siempre en el propietario.

Este documento debe estar disponible para los potenciales compradores o inquilinos desde el momento en que se anuncia el inmueble y debe entregarse en la firma del contrato.

¿Es obligatorio que las empresas tengan certificado energético? 

Sí, también es obligatorio para los edificios o partes de edificios (como locales u oficinas) que se vendan o alquilen.

Además, la normativa especifica otros casos en los que los edificios de uso terciario (no residenciales) deben tenerlo obligatoriamente:

  • Edificios o partes con una superficie útil superior a 250 m² que pertenezcan o estén ocupados por una Administración Pública.
  • Edificios o partes con más de 500 m² destinados a usos como administrativo, sanitario, comercial, docente o cultural, entre otros.
  • Edificios que deban pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE) o una inspección equivalente.

Solicita el certificado energético de edificios

¿Qué edificios no necesitan el certificado energético?

Existen siete excepciones principales en las que no es obligatorio que obtener el certificado energético:

  • Edificios aislados físicamente con una superficie útil total inferior a 50 m².
  • Inmuebles que se compren para demoliciones o reformas integrales. 
  • Edificios y monumentos con valor arquitectónico o histórico protegido. 
  • Lugares de culto y actividades religiosas con una superficie útil inferior a 500 m². 
  • Construcciones provisionales con un plazo de utilización igual o inferior a 2 años. 
  • Edificios industriales, de defensa y agrícolas en partes no residenciales. 
  • Edificios o partes de estos que se utilicen durante 4 meses al año o menos, con un consumo previsto inferior al 25 % del consumo anual, justificado mediante una declaración responsable del propietario.

¿Qué pasa con la certificación energética en edificios existentes o terminados?

Para los edificios ya construidos, es obligatorio obtener el certificado de eficiencia energética no solo al vender o alquilar, sino también en los siguientes casos:

  • Edificios de nueva construcción. 
  • Edificios o partes con una superficie útil superior a 250 m² que pertenezcan o estén ocupados por una Administración Pública. 
  • Edificios o partes que realicen reformas que modifiquen instalaciones térmicas, intervengan en más del 25 % de su envolvente o amplíen más del 10 % su superficie. 
  • Edificios que deban pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE) o una inspección equivalente. 
  • Edificios o partes con más de 500 m² destinados a usos como administrativo, sanitario, comercial, residencial, público, docente, cultural, entre otros. 
ventajas certificado edificios

Ventajas del certificado energético en edificios y empresas

Disponer del certificado de eficiencia energética ofrece una serie de beneficios estratégicos para edificios y empresas, especialmente en edificios de uso empresarial o administrativo, donde el consumo energético suele ser elevado:

  • Cumplimiento legal y reducción de riesgos: contar con el certificado evita sanciones y garantiza que el edificio cumple con la normativa vigente en materia de eficiencia energética.
  • Ahorro en costes a medio y largo plazo: reducción del consumo energético. El certificado identifica puntos de mejora y, al implementarlos, se puede disminuir el importe de las facturas de luz y gas, optimizando así los gastos fijos.
  • Revalorización del activo inmobiliario: un inmueble con una alta calificación energética (A o B) tiene un mayor valor en el mercado. Resulta más atractivo para compradores e inquilinos, ya que garantiza un menor coste de mantenimiento y un mayor confort.
  • Refuerzo de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC): demostrar un compromiso con la sostenibilidad y la reducción de emisiones de CO₂, mejora la imagen de marca de una empresa. Un edificio eficiente es un mensaje de responsabilidad corporativa que resuena positivamente entre clientes, empleados e inversores.
  • Acceso a ayudas y beneficios fiscales: las administraciones públicas suelen ofrecer subvenciones y deducciones fiscales para la rehabilitación energética de edificios. El certificado energético es un documento indispensable para poder solicitarlas.
  • Mejora del confort y la productividad: las medidas de eficiencia energética, como un mejor aislamiento o sistemas de climatización modernos, crean un ambiente de trabajo más cómodo, lo que puede influir positivamente en la satisfacción y la productividad del equipo.
  • Planificación de mejoras energéticas: el certificado actúa como una hoja de ruta para priorizar actuaciones que optimicen el rendimiento energético del edificio.

Consigue tu Certificado Energético con Repsol

Si necesitas solicitar el certificado energético, te podemos ayudar con todo el procedimiento, para que sea una gestión fácil y rápida. En Repsol contamos con la experiencia necesaria para guiarte en todo el proceso, para evitar posibles infracciones por no cumplir con la normativa y, así, podrás ahorrar en tu factura energética. Nos encargaremos de todas las fases del servicio:

  1. Coordinación del Proyecto.
  2. Visita y Toma de Datos.
  3. Realización de la Certificación.
  4. Tramitación de la Certificación.
  5. Entrega de la Certificación.

En Repsol estamos a tu disposición para acompañarte en todo el proceso y facilitarte la gestión. Contáctanos y te ayudamos.

Preguntas frecuentes

Según se establece en el RD 390/2021, la validez general del certificado energético es de 10 años. En el caso de calificación G, la vigencia puede reducirse a 5 años.

El precio del certificado depende de la superficie útil del edificio e incluye la visita del técnico, la elaboración del informe y el registro en la Comunidad Autónoma correspondiente. Los costes son los siguientes:

  • Superficie de 200 m² a 500 m²: 430 € (Sin IVA)
  • Superficie de 501 m² a 1.500 m²: 790 € (Sin IVA)
  • Superficie de 1.501 m² a 3.000 m²: 1.155 € (Sin IVA)
  • Superficie de 3.001 m² a 6.000 m²: 1.460 € (Sin IVA)
  • Superficie de 6.001 m² a 10.000 m²: 1.705 € (Sin IVA)
  • Superficie de 10.001 m² a 20.000 m²: 1.945 € (Sin IVA)
  • Superficie de 20.001 m² a 30.000 m²: 2.190 € (Sin IVA)

Puedes verificar si una vivienda ya cuenta con un certificado energético registrado de dos maneras principales:

  1. Registros Autonómicos: cada Comunidad Autónoma dispone de un registro público online donde puedes consultar, normalmente con la referencia catastral del inmueble, si existe un certificado vigente.
  2. Geoportal "Edificios Eficientes": se ha habilitado este portal a nivel nacional. Introduciendo la dirección, puedes comprobar si la vivienda tiene un certificado registrado y cuál es su estado.
  3. Puedes solicitárselo al propietario o promotor de tu edificio.

No disponer del certificado energético cuando es obligatorio (al vender o alquilar) constituye una infracción y conlleva sanciones económicas. Las multas pueden variar según la gravedad:

  • Infracción leve (300 a 600 €): por ejemplo, no incluir la etiqueta energética en el anuncio de venta o alquiler.
  • Infracción grave (601 a 1.000 €): vender o alquilar una vivienda sin entregar el certificado válido.
  • Infracción muy grave (1.001 a 6.000 €): falsificar la información del certificado.

Como se ha mencionado anteriormente, existen ciertas excepciones. Los inmuebles que no necesitan obligatoriamente el certificado son, entre otros, edificios con menos de 50 m², aquellos destinados a demolición, monumentos protegidos y construcciones de uso muy limitado en el tiempo.

Sí, es obligatorio. Desde el año 2013, cualquier propietario que desee vender su vivienda debe disponer de un certificado energético válido y registrarlo en el organismo competente de su comunidad autónoma. 

Este documento debe estar disponible para los potenciales compradores desde que se anuncia la venta. En el momento de la firma ante notario, el vendedor deberá entregar el certificado original al nuevo propietario, salvo en los casos específicos que contempla la ley (como la venta de inmuebles para su demolición).

Es obligatorio para la venta y alquiler de inmuebles en España desde el 1 de junio de 2013.

La única excepción por tamaño aplica a viviendas o locales aislados físicamente que tengan menos de 50 m² de superficie útil total. Por ejemplo, un apartamento de 40 m² dentro de un bloque de viviendas sí necesita certificado. 

Lo expide un técnico competente (como arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros o ingenieros técnicos) que esté habilitado para ello y cuente con la formación específica requerida por la normativa. Este profesional realiza la visita al inmueble, recopila los datos y emite el informe con la calificación energética. Después, el certificado debe registrarse en el organismo oficial de la comunidad autónoma correspondiente. 

El certificado de eficiencia energética es mucho más que un simple trámite administrativo; es una herramienta clave que te permite conocer el impacto ambiental de tu vivienda y, sobre todo, identificar oportunidades reales de ahorro en tus facturas de energía. Entender tu calificación energética te da el poder de tomar decisiones para mejorar el confort de tu hogar y contribuir a un futuro más sostenible. 

Solicita el certificado energético de edificios