¿Qué obligaciones tienen que cumplir los conductores de patinetes eléctricos?
Antes de poder disfrutar de este medio de transporte, como conductor de un patinete eléctrico asumes una serie de responsabilidades para circular de forma segura y legal. Estas obligaciones son necesarias para la convivencia en el espacio público y el respeto a los demás:
- Circular por las zonas habilitadas: los patinetes eléctricos tienen prohibido circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesías, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. DLa circulación por carriles bici, ciclocalles y zonas 30 (calles con límite de velocidad reguladas para vehículos a un máximo de 30 km/h, no es una “zona peatonal”) depende en gran medida de la ordenanza municipal y de la señalización de cada ciudad.
- Utilizar casco: el uso del casco es obligatorio, aunque no está establecido en todo el territorio nacional, la mayoría de ordenanzas municipales lo incluyen, independientemente de tu edad o del tipo de vía por la que circules. Además, esta medida es fundamental para proteger tu cabeza en caso de accidente.
- Respetar las señales de tráfico: debes obedecer las señales de tráfico como cualquier otro vehículo. Esto incluye semáforos, señales de stop, ceda el paso, etc.
- No consumir alcohol ni drogas: conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas está terminantemente prohibido y se considera una infracción grave.
- No utilizar auriculares: su uso durante la conducción te aísla del entorno y reduce tu capacidad de reacción ante imprevistos.
- No utilizar el teléfono móvil: manipular el móvil mientras conduces un patinete eléctrico está prohibido y es extremadamente peligroso.
- Número de personas permitidas: es un vehículo de movilidad personal, por lo que solo puede ir en el patinete una persona.
- Aparcar en zonas habilitadas para VMP: si no las hay encuentra un sitio que no moleste. Descubre qué es VMP y qué tipo de transportes se incluyen.
- Cumplir con los requisitos técnicos: tu patinete debe cumplir con los requisitos técnicos establecidos por la normativa, como la velocidad máxima permitida y el sistema de frenado. No puedes realizar modificaciones en ellos.
- La Ley 5/2025 crea un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros (VPL) (una categoría dentro de los VMP, definida por velocidad de fabricación y peso).
- Normativa sobre patinetes eléctricos en transporte público: es importante conocer la normativa en cada medio de transporte. En nuestro blog te damos toda la información.
Incumplirlas pone en riesgo tu seguridad y puede acarrear sanciones económicas, de las cuales te hablaremos más adelante. Asimismo, aunque no se exige un seguro de responsabilidad civil obligatorio en toda España, algunos Ayuntamientos como el de Benidorm, Palencia, Pozuelo de Alarcón, Córdoba o Mahón sí lo precisan.
Requisitos técnicos de los patinetes
Para que tu patinete eléctrico pueda circular legalmente por las vías públicas, debe cumplir una serie de requisitos técnicos. Estos requisitos se recogen, entre otras normas, en el Manual de características de los VMP aprobado por la Resolución de 12 de enero de 2022 (BOE-A-2022-987), y se han ido reforzando con normativa posterior.
Asegúrate de que tu patinete cumple con las siguientes especificaciones:
- Certificado de circulación: los modelos comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deben contar con certificación (certificado de circulación emitido tras ensayos por laboratorio autorizado de la DGT). Los VMP comercializados antes y no certificados tienen el 22 de enero de 2027 como fecha límite de circulación.
- Registro de Vehículos Personales Ligeros: se establece obligaciones de inscripción e identificación (etiqueta identificativa y marcaje del fabricante), conectadas con el certificado de circulación.
- Deben tener una placa marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de un modo claramente visible. Este tiene que contener el número de serie y de certificado, el año de fabricación, la marca y modelo.
- Velocidad máxima: la velocidad máxima permitida para un patinete eléctrico es de 25 km/h. Superar este límite se considera una infracción grave. Es obligatoria una pantalla que muestre la velocidad y la batería.
- Luces: tu patinete debe estar equipado con luces delanteras y traseras para asegurar la visibilidad, especialmente durante la noche o en condiciones de baja luminosidad. Catadióptrico frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o amarillo) y traseros (rojo). Igualmente, la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
- Sistema de frenado: asegúrate de que esté en buen estado, ya que debe ser eficaz para garantizar la seguridad. El sistema debe estar compuesto por dos frenos con una desaceleración mínima de 3,5 m/s².
- Timbre: es un elemento obligatorio para advertir de tu presencia en la vía a otros usuarios.
- Tamaño y peso del vehículo: altura máxima de 1400 mm, anchura máxima de 750 mm y una longitud máxima de 2000 mm. Su masa debe ser inferior a 50 kg.
- La potencia nominal del motor: no debe superar los 1000 W para los vehículos sin autoequilibrado y los 2500 W para aquellos que lo tienen. Descubre qué factores afectan a su autonomía.
- Deben disponer de un sistema de estabilización mientras están aparcados.
- Las ruedas: han de tener un diámetro mínimo de 203,2 mm y ser de superficie rugosa.
- Anti-manipulación: el fabricante debe incorporar medidas para evitar modificaciones que aumenten prestaciones.
Realizar modificaciones técnicas en el patinete, alterando las características de fabricación del vehículo, ya sea la altura, velocidad máxima o potencia, hará que el VMP deje de cumplir con los requisitos marcados y, por tanto, no será legal su circulación. Esto puede conllevar sanciones.
Actualización de la normativa en 2026
En 2026 se produce un cambio importante en la regulación de los patinetes eléctricos y, en general, de los vehículos de movilidad personal (VMP), especialmente en lo relativo al seguro, la identificación y el registro.
- La Ley 5/2025 fija que el seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros (VPL) entra en vigor el 2 de enero de 2026.
- El Real Decreto 52/2026 regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros (como sección del Registro Nacional de Vehículos) y refuerza la trazabilidad del vehículo. En términos prácticos, para circular, los VMP deberán contar con certificado de circulación, inscripción registral y elementos de identificación (etiqueta identificativa y marcaje del fabricante), en los términos reglamentarios.
- Se mantiene un régimen transitorio relevante: los VMP no certificados comercializados antes del 22 de enero de 2024 pueden seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque con medidas de identificación/registro de carácter temporal; a partir de esa fecha ya no podrán circular.
Estas actualizaciones buscan homogeneizar las características de los VMP y mejorar la seguridad vial. A partir de esta, los patinetes son considerados jurídicamente como vehículos. Esto implica que los conductores deben cumplir las medidas ya mencionadas, como la prohibición del consumo de alcohol y drogas, de la circulación en aceras o del uso de auriculares. Del mismo modo, deberán contar con los documentos, placas y certificados correspondientes.