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Llega el buen tiempo y, con ello, las ganas de hacer planes al aire libre con familiares y amigos para disfrutar del sol y de las buenas temperaturas. Uno de los más comunes es el de reunirse para hacer una barbacoa, pero ¿están permitidas en cualquier tipo de vivienda? ¿Hay alguna ley que prohíba las barbacoas en interiores? Te contamos todo lo que debes saber al respecto para hacer una barbacoa sin molestar a tus vecinos.
Lo primero que debes saber es que no existe una ley estatal que prohíba hacer barbacoas en espacios privados. No obstante, deberás estar informado sobre ordenanzas municipales que restrinjan su uso y el reglamento interno si resides en una comunidad de vecinos.
Vivas donde vivas, deberás prestar especial atención al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que regula las actividades molestas o peligrosas:
Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
De esta forma, los vecinos de la comunidad pueden quejarse por el olor o el humo que desprende una barbacoa y emitir una queja al presidente si repites de forma reiterada esta actividad.
Si vives en un chalet independiente, que no está integrado en una comunidad de vecinos, no hay ninguna normativa que se aplique directamente sobre el uso de barbacoas. En el caso de vivir en una comunidad, deberás fijarte en la normativa interna y en la Ley de Propiedad Horizontal.
Los bajos con patio interior son unas de las viviendas más conflictivas a la hora de realizar barbacoas. Aunque no haya una normativa específica que regula su empleo, puedes causar molestias a muchos vecinos. Por consiguiente, deberás usar el sentido común y revisar qué dicen los estatutos sobre la utilización de barbacoas.
Si quieres instalar una barbacoa fija, deberás contar con el apoyo de la comunidad, puesto que supondría una modificación del edificio. Además, tendrás que instalar un sistema de evacuación de humos.
Si vives en un piso con terraza o balcón amplio para realizar barbacoas, lo primero que tienes que saber es que la barbacoa que emplees debe ser portátil.
Por otro lado, deberás tener muy en cuenta la Ley de Propiedad Horizontal, que regula las actividades que pueden causar molestias a los vecinos. En este caso, la barbacoa genera olores y humos que pueden colarse en casas ajenas.
Asimismo, has de saber qué dicen al respecto los estatutos de la comunidad por si regulan su uso, establecen límites horarios o prohíben hacer fuego en determinadas épocas del año.
En el caso de que el jardín sea comunitario, deberás tener en cuenta la normativa interna de la comunidad, puesto que regulará su utilización y lo restringirá a determinadas horas y épocas del año.
En el caso de que vivas en un ático, es posible que pienses que si haces una barbacoa no molestas a nadie, pero esto no siempre es así. Por ello, al igual que en los demás casos, deberás revisar siempre el reglamento de la comunidad y tener respeto por los vecinos que puedan sufrir las molestias del humo y el olor.
Igualmente, si tienes una barbacoa de obra fija deberás emplear un sistema independiente de evacuación de humos, tal y como recoge el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE).
En una finca privada es muy complicado causar molestias a los vecinos, especialmente si la propiedad está aislada o muy alejada de otras fincas. Aun así, las ordenanzas municipales pueden limitar el uso de barbacoas en verano debido a la falta de lluvias y el riesgo de incendio.
En la mayoría de comunidades autónomas, sí. Como hemos comentado al principio, no hay ninguna ley a nivel estatal ni provincial sobre el uso y prohibición de barbacoas.
Lo que sí puede haber en momentos puntuales son ordenanzas municipales que limiten o directamente prohíban las barbacoas, sobre todo, en los meses de verano.
Si vives en Cataluña, debes saber que entre el 15 de marzo y el 15 de octubre queda prohibido hacer fuego en terrenos forestales. Esto se aplica también a las parcelas de las urbanizaciones, en las cuales solo se podrá hacer fuego con barbacoas de obra con matachispas.
Los habitantes de Madrid, por su parte, cuentan con la Ordenanza 4/2021 sobre Calidad del Aire del Ayuntamiento de Madrid. El artículo 33 de esta norma establece que en los bloques de viviendas se podrá hacer fuego siempre y cuando haya una distancia mínima de 5 metros con las ventanas del mismo nivel o superior.
Así pues, con todo lo que hemos comentado, lo más importante a la hora de hacer una barbacoa será aplicar el sentido común. Para ello, deberás tener en cuenta diferentes factores:
Con todos estos consejos, ya solo te queda saber cómo hacer una barbacoa para disfrutar al completo de uno de los planes estrella de esta época del año.
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