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Permanencia en el contrato de la luz: ¿es legal en 2026?

Es legal la permanencia en la luz

La permanencia en contratos de luz es un tema que genera muchas dudas, ya que puede afectar a la libertad del consumidor si este quiere cambiar de comercializadora sin penalizaciones. 

En este artículo te hablaremos sobre su legalidad, explicando las normas que lo regulan y sus limitaciones. De este modo, sabrás cómo proceder en caso de querer realizar un cambio de contrato. Te explicamos lo que necesitas saber sobre esto y, si lo deseas, optar por tarifas sin permanencia, como las que te ofrecemos en Repsol.

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¿Es legal la permanencia en el contrato de la luz?

La respuesta corta es sí, la permanencia es legal, pero su aplicación está sujeta a importantes limitaciones según el tipo de contrato y el perfil del consumidor.

La normativa española, actualizada mediante el Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, que aprueba el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, establece un marco más protector para el consumidor doméstico. En concreto, la regulación vigente distingue entre dos situaciones en el mercado libre:

  • Consumidores domésticos con tarifa 2.0TD en tarifas variables: queda prohibida la permanencia en este tipo de contratos. Esto significa que los hogares acogidos a la tarifa doméstica más habitual en España pueden cancelar su contrato en el mercado libre en cualquier momento y sin penalización económica.
  • Grandes consumidores y otras tarifas del mercado libre: las condiciones de permanencia siguen pudiendo pactarse libremente entre las partes. En estos casos, la normativa establece que el plazo máximo de permanencia no puede exceder el año, y cualquier penalización por incumplimiento debe limitarse al 5 % del valor de la energía estimada pendiente de suministro.

 Aunque en este es importante revisar los detalles de cada contrato, ya que las comercializadoras pueden establecer permanencias cuando:

  • Ofrecen servicios adicionales junto con el suministro eléctrico.
  • Realizan descuentos especiales.
  • Proporcionan condiciones ventajosas que justifiquen la permanencia.

En el mercado regulado (PVPC), no existen restricciones de permanencia, y el consumidor puede cambiar libremente sin incurrir en penalizaciones.

¿Cuánto tiempo de permanencia me puede poner mi compañía eléctrica?

Depende del tipo de contrato que tengas:

  • Si eres un consumidor doméstico con tarifa 2.0TD en una tarifa variable, tu comercializadora no puede imponerte permanencia desde la entrada en vigor del Real Decreto 88/2026 (febrero de 2026).
  • Si tienes un contrato en el mercado libre fuera del segmento doméstico, la duración máxima de permanencia es de un año desde la firma del contrato. Una vez transcurrido este tiempo, podrás cambiar de compañía o de tarifa sin penalización.

Es importante distinguir entre la permanencia por el suministro de electricidad y la que puede aplicar a servicios anexos, como el mantenimiento, que pueden tener duraciones diferentes.

Algunos puntos fundamentales que debes tener en cuenta son:

  • La empresa debe informar claramente sobre la existencia de permanencia.
  • El plazo máximo debe estar especificado en el contrato.
  • La penalización no puede superar el 5 % del precio total de la energía pendiente de suministro.
  • La energía estimada pendiente de suministro debe calcularse de forma transparente.
  • Las comercializadoras tienen prohibido realizar llamadas comerciales no solicitadas para la contratación de electricidad, salvo petición expresa del consumidor.

En el caso de Repsol, la mayoría de nuestras tarifas no tienen permanencia, lo que facilita la libertad de cambio y evita cargos adicionales en caso de rescindir el contrato antes de tiempo.

Permanencia de la luz es legal

¿Qué tengo que hacer para darme de baja si tengo permanencia?

Durante el proceso de cambio de comercializadora o tarifa, es fundamental revisar las condiciones, tanto de la antigua como de la nueva, ya que pueden variar en función del tipo de contrato. 

En caso de tener permanencia en tu contrato actual debes:

  1. Contactar con tu comercializadora: informarte del plazo pendiente, así como del importe a pagar por la cancelación anticipada. 
  2. Pedir información a la empresa distribuidora: es la encargada de suministrar electricidad y gestionar el acceso a las redes, puede ayudarte a verificar los pasos a seguir.
  3. Si el plazo de permanencia no ha finalizado, puedes proceder de dos maneras
    1. Esperar a que finalice el periodo acordado.
    2. Asumir el coste de penalización, que, como máximo, será del 5 % del valor de la energía pendiente. Deberá liquidarse antes de realizar el cambio.
  4. Comunicar la dirección del punto de suministro a tu nuevo proveedor y asegurarte de que los detalles de qué potencia contratar y los requisitos de suministro estén alineados con el nuevo contrato.

Gracias al Real Decreto 88/2026, el proceso de cambio de comercializadora se ha agilizado significativamente, estableciéndose un plazo máximo de 10 días hábiles para completar el trámite.

Los cambios de contrato son gratuitos en el mercado regulado, mientras que en el mercado libre pueden tener algún tipo de coste administrativo. La contratación de una nueva tarifa también puede requerir un boletín eléctrico, especialmente si se modifican elementos de la instalación eléctrica o la potencia contratada.

Contrata la mejor tarifa de luz y empieza a ahorrar

La flexibilidad de cambiar de proveedor es una ventaja que los consumidores buscan. En Repsol ofrecemos la mayoría de nuestras tarifas sin esta cláusula, a excepción de la tarifa plana. Esto permite a nuestros clientes cambiar de tarifa sin preocuparse por penalizaciones.

Si tienes dudas acerca de qué tarifa contratar, considera aspectos clave del contrato como la inclusión de cláusulas de permanencia, ya sea en el suministro o en servicios adicionales, como mantenimiento o asistencia. La clave está en encontrar un equilibrio entre precio, servicios y flexibilidad. Escoge la que mejor se adapte a tus hábitos y necesidades energéticas.

Tarifas energéticas para tu hogar