¿Y si la luz está dada de baja?
Puede ocurrir que, al entrar en el piso, el suministro de luz esté dado de baja. En este caso, será necesario solicitar un alta nueva.
¿Quién paga el alta de la luz en un alquiler?
Si la instalación eléctrica es correcta y solo falta activar el suministro, los gastos de gestión del alta corresponden habitualmente al inquilino, ya que es quien va a usar y pagar el servicio desde ese momento. El trámite se realiza directamente con la comercializadora elegida, que coordina la activación con la distribuidora de la zona.
Sin embargo, si la vivienda requiere modificaciones en su instalación eléctrica para que la distribuidora autorice el alta (una revisión técnica obligatoria o una adecuación de la red interna), esos costes son responsabilidad del propietario, pues afectan a la habitabilidad del inmueble.
¿Y el boletín eléctrico, a quién le corresponde pagarlo?
El boletín eléctrico (también llamado Certificado de Instalación Eléctrica o CIE) es un documento oficial que certifica que la instalación eléctrica cumple con la normativa vigente y es segura. Es obligatorio para solicitar el alta de la luz o para ciertos cambios en el suministro.
La regla general es que el boletín eléctrico lo paga el propietario, ya que corresponde al estado de la instalación del inmueble y está relacionado con la obligación del arrendador de entregar la vivienda en condiciones habitables. Existen dos excepciones principales:
- Si el inquilino realiza modificaciones en la instalación que requieran un nuevo certificado.
- Si el inquilino solicita una potencia superior a la que la instalación puede soportar según el boletín vigente.
En ambos casos, es imprescindible que quede reflejado por escrito en el contrato de alquiler quién asume cada gasto para evitar disputas futuras.