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El IVA del gas vuelve al 21 % el 1 de junio de 2026: ¿cómo afectará a tu factura?

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A partir del 1 de junio de 2026, el IVA del gas natural recupera su tipo general del 21 % en España. Esta subida pone fin a la reducción temporal al 10 % que el Gobierno había aplicado desde el 22 de marzo de 2026 como parte de un paquete de medidas anticrisis establecido por el Real Decreto-ley 7/2026. 

Sin embargo, tras la aprobación del Real Decreto-ley 18/2026, se ha establecido un plan de desescalada para el Impuesto Sobre Hidrocarburos y una red de seguridad que podría reactivar las rebajas fiscales durante el verano si la inflación vuelve a subir. Si tienes contratado un suministro de gas natural, ya sea en el mercado libre o en el mercado regulado, notarás cambios en tus próximas facturas.

En este artículo te explicamos por qué sube el IVA, qué significa para tu bolsillo y qué puedes hacer para reducir su impacto.

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¿Por qué subió el IVA del gas en junio de 2026?

No se trata de una nueva subida de impuestos, sino de la activación de una cláusula de revisión automática incluida en el Real Decreto-ley 7/2026 que aprobó la rebaja fiscal en marzo de 2026.

El IVA del gas regresa a su tipo habitual del 21 % tras un periodo en el que se mantuvo reducido para aliviar la carga económica de los consumidores. Esta vuelta a la normalidad fiscal se produce en un contexto de estabilización de los precios de la energía en los mercados internacionales.

La cláusula de revisión establecía que la reducción del IVA al 10 % dejaría de aplicarse en junio si la variación del IPC del gas en abril de 2026 no superaba en más de un 15 % el IPC del mismo mes del año anterior. Los datos del INE confirmaron que la inflación energética se había moderado, situando el IPC general de abril de 2026 en torno al 3,2 %, por lo que la condición se activó.

¿Por qué se aplicaba un IVA reducido anteriormente?

El IVA reducido en el gas natural fue una respuesta directa del Gobierno al encarecimiento de la energía vinculado a la inestabilidad en Oriente Medio, que se enmarcó en un Plan Integral de Respuesta a la Crisis, que incluyó hasta 80 medidas. De esta manera, al reducir el IVA, el precio final que paga el consumidor disminuye, aunque el precio de mercado del gas siga siendo elevado.

Pero esta no es la primera vez que se reduce el IVA del gas. También sucedió con la crisis energética que sacudió a Europa a partir de 2021 y que se agravó con el conflicto en Ucrania en 2022. El encarecimiento del gas en los mercados internacionales disparó las facturas de millones de hogares y empresas españolas, lo que llevó al Gobierno a adoptar medidas fiscales excepcionales para amortiguar el impacto.

¿Qué otros impuestos se redujeron?

La reducción del IVA del gas no fue una medida aislada. El paquete de medidas anticrisis aprobado por el Real Decreto-ley 7/2026 también contemplaba rebajas en:

  • IVA de la electricidad: reducido temporalmente al 10 % para suministros con potencia contratada inferior o iguala 10 kW y para perceptores del bono social con la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE): rebajado temporalmente al 0,5 % (desde el tipo habitual del 5,11269632 %).
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) aplicado al gas: el tipo pasó temporalmente de 0,00234 €/kWh a 0,00108 €/kWh.
  • IVA de los carburantes (gasolina y gasóleo): también se redujo al 10 % de forma temporal.
  • Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE): minorado temporalmente para las empresas generadoras, lo que indirectamente moderaba el precio mayorista.

¿Todos los impuestos reducidos vuelven a subir el 1 de junio?

No todos al mismo ritmo ni en las mismas fechas. Además, la entrada en vigor del nuevo Real Decreto-ley 18/2026 ha redefinido el calendario de impuestos para la segunda mitad del año mediante un plan de salida ordenada (phase out):

Suben el 1 de junio de 2026 (junto al IVA del gas):

  • IVA de la electricidad: también regresó al 21 % (para potencias inferiores o iguales a 10 kW y perceptores del bono social considerados como vulnerables severos o en riesgo de exclusión social). La moderación del IPC energético ha accionado la misma cláusula de desactivación automática que en el gas. Sin embargo, si el IPC eléctrico de junio o julio supera en más de un 15 % el IPC del mismo mes del año anterior, el IVA volverá a bajar automáticamente al 10 % en agosto y septiembre de 2026.
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE): recupera su tipo habitual del 5,11269632 %, pero cuenta con la misma salvaguarda que el IVA, pudiendo volver a bajar de forma automática al 0,5 % en agosto y septiembre de 2026 si repunta la inflación de la luz.

Se reestructuran con incrementos graduales o prórrogas a partir del 1 julio de 2026:

  • IVA de los carburantes (gasolina y gasóleo): vuelve al 21 %. La reducción al 10 % de este impuesto si se mantuvo hasta el 30 de junio, ya que el IPC de los carburantes sí superó el umbral establecido en el decreto, por lo que la cláusula de desactivación no se accionó en este caso.
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) del gas natural: para amortiguar la subida, se establece una escala de recuperación progresiva del impuesto. El tipo general se sitúa en 0,00140 €/kWh en julio, 0,00173 €/kWh en agosto y 0,00202 €/kWh en septiembre de 2026 (antes de regresar a los 0,00234 €/kWh previos a la crisis). Cuenta con una salvaguarda para bajar a 0,00108 €/kWh en agosto o septiembre si el IPC del gas supera en más del  15 % el IPC del mismo mes del año anterior
  • Ayudas y fiscalidad de los carburantes (gasolina y diésel): para el transporte profesional se mantiene el gasóleo profesional, mientras que para el resto de los consumidores se diseña una retirada gradual de la reducción del Impuesto sobre Hidrocarburos durante el verano, aplicando una rebaja de 15 céntimos/litro en julio, 10 céntimos en agosto y 5 céntimos en septiembre de 2026, sujeto también a una cláusula de salvaguarda.
  • Impuesto a la Producción Eléctrica (IVPEE): el nuevo Real Decreto-ley 18/2026 extiende las medidas de apoyo para la segunda mitad del año. Se aplicará una minoración de la base imponible del 30 % en el tercer trimestre de 2026 y del 40 % en el cuarto trimestre de 2026. Además, el tipo se reducirá al 3,5 % en 2027 y pasará al 0 % a partir de 2028.

¿Cómo se reflejará el IVA del gas en mi factura en 2026?

El IVA del gas se aplica sobre todos los conceptos de la factura: el término fijo (cuota de disponibilidad), el término variable (consumo) y los costes regulados. Por tanto, el impacto es proporcional al importe total que ya tengas antes de impuestos.

Para hacernos una idea del efecto real:

  • Durante los meses en que el IVA estuvo al 10 % (del 22 de marzo al 31 de mayo de 2026), el ahorro estimado para un hogar con consumo medio fue de entre 8 y 10 euros al mes.
  • Con la vuelta al 21 %, ese ahorro desaparece. Un hogar que pagaba, por ejemplo, 55 € brutos antes de impuestos pasará a pagar unos 66,55 € con IVA al 21 %, frente a los 60,50 € con IVA al 10 %.

El impacto exacto dependerá de tu consumo, de tu tarifa (TUR o mercado libre) y de la época del año, ya que el consumo de calefacción es mucho menor en verano.

En tu factura el IVA se refleja en el apartado “Facturación total del periodo” con el concepto “Impuesto de Valor Añadido (IVA)”. Si tienes dudas sobre esto, en nuestro blog te ayudamos a entender tu factura del gas.

Te asesoramos sobre la mejor tarifa energética para tu hogar

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¿Qué ocurrirá con el IVA del gas durante todo 2026?

La aplicación del tipo general o de un tipo reducido del IVA de gas estará condicionada por el mecanismo de protección vinculado al IPC. Aunque el tipo general del 21 % se ha restaurado de forma provisional, existe la posibilidad de volver al tipo reducido si este verano se incrementa el IPC del gas por encima del umbral establecido.

Así, en 2026, la evolución del IVA del gas es:

  • 1 de enero - 21 de marzo: 21 % (tipo general)
  • 22 de marzo - 31 de mayo: 10 % (reducción temporal)
  • 1 de junio en adelante: 21 % (tipo general restaurado de forma provisional)
  • 1 de agosto - 30 de septiembre: 10 % si el IPC del gas de junio y/o julio supera en más del 15 % el IPC de los mismos meses de 2025.  En caso contrario, se aplicará el 21 %.
  • 1 de octubre en adelante: 21 % (tipo general), salvo que se aprueben nuevas medidas.

¿Qué medidas puedo tomar para reducir mi factura del gas?

Aunque no podemos controlar el tipo de IVA, sí podemos actuar sobre nuestro consumo para amortiguar el impacto de la subida. Aquí tienes algunas recomendaciones:

  • Revisa tu caldera: un mantenimiento adecuado garantiza que tu caldera funcione de manera eficiente, consumiendo solo el gas necesario.
  • Ajusta el termostato: mantén una temperatura de confort (entre 19 °C y 21 °C durante el día) y redúcela por la noche. Cada grado que bajas puede suponer un ahorro de hasta un 7 %.
  • Controla el agua caliente sanitaria: ajusta la temperatura del termo o calentador a entre 30 °C y 35 °C y reduce el tiempo de las duchas.
  • Aísla tu vivienda: revisa posibles fugas de calor en ventanas y puertas. Un buen aislamiento es la forma más eficaz de ahorrar en calefacción.
  • Optimiza el uso de radiadores en invierno: no los cubras ni coloques muebles delante que impidan la difusión del calor. Púrgalos al menos una vez al año para que funcionen a pleno rendimiento.
  • Ventila de forma eficiente: abre las ventanas en periodos cortos (5-10 minutos) para renovar el aire sin enfriar la vivienda.
  • Valora tu tarifa: asegúrate de que tienes contratada una tarifa de gas que se ajuste a tus hábitos de consumo. En Repsol te ofrecemos asesoramiento para que elijas la opción que más te conviene.

Preguntas frecuentes

El 21 % de IVA es el tipo general del IVA en España y se aplica al gas natural cuando no están vigentes medidas de reducción fiscal excepcionales. A partir del 1 de junio de 2026, el IVA del gas vuelve al 21 %, a menos que activen las cláusulas de protección ligadas al IPC que prevé el Real Decreto-ley 18/2026. 

En principio, regresará de forma definitiva a este tipo general el 1 de octubre de 2026, una vez finalice el periodo de aplicación del Real Decreto-ley 18/2026, a menos que se aprueben nuevas medidas

El IVA del 10 % en el gas natural se aplicó en dos periodos distintos:

  • Del 1 de enero al 31 de marzo de 2024, como fase de transición antes de la vuelta definitiva al 21 % en abril de 2024.
  • Del 22 de marzo al 31 de mayo de 2026, el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis de Oriente Medio aprobado por el Real Decreto-ley 7/2026. 

Adicionalmente, el tipo del 10 % podría volver a aplicarse durante los meses de agosto y/o septiembre de 2026 si la variación del IPC del gas supera el umbral del 15 % en los meses de junio o julio, respecto al IPC del mismo mes del año anterior.

Anteriormente, entre octubre de 2022 y diciembre de 2023, el IVA del gas llegó a reducirse incluso hasta el 5 %, el tipo superreducido, en respuesta a la grave crisis energética derivada del conflicto en Ucrania.

La vuelta del IVA del gas al 21 % el 1 de junio de 2026 supone un incremento real en la factura de millones de hogares españoles. Sin embargo, estar informado y adoptar hábitos de consumo más eficientes son las mejores herramientas para minimizar su impacto. En Repsol, estamos a tu lado para ayudarte a optimizar tu consumo y ofrecerte las soluciones energéticas que mejor se adapten a tus necesidades, acompañándote en cada paso para que el ahorro y la eficiencia sean una constante en tu hogar.