¿Por qué se aplicaba un IVA reducido anteriormente?
El IVA reducido en el gas natural fue una respuesta directa del Gobierno al encarecimiento de la energía vinculado a la inestabilidad en Oriente Medio, que se enmarcó en un Plan Integral de Respuesta a la Crisis, que incluyó hasta 80 medidas. De esta manera, al reducir el IVA, el precio final que paga el consumidor disminuye, aunque el precio de mercado del gas siga siendo elevado.
Pero esta no es la primera vez que se reduce el IVA del gas. También sucedió con la crisis energética que sacudió a Europa a partir de 2021 y que se agravó con el conflicto en Ucrania en 2022. El encarecimiento del gas en los mercados internacionales disparó las facturas de millones de hogares y empresas españolas, lo que llevó al Gobierno a adoptar medidas fiscales excepcionales para amortiguar el impacto.
¿Qué otros impuestos se redujeron?
La reducción del IVA del gas no fue una medida aislada. El paquete de medidas anticrisis aprobado por el Real Decreto-ley 7/2026 también contemplaba rebajas en:
- IVA de la electricidad: reducido temporalmente al 10 % para suministros con potencia contratada inferior o iguala 10 kW y para perceptores del bono social con la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE): rebajado temporalmente al 0,5 % (desde el tipo habitual del 5,11269632 %).
- Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) aplicado al gas: el tipo pasó temporalmente de 0,00234 €/kWh a 0,00108 €/kWh.
- IVA de los carburantes (gasolina y gasóleo): también se redujo al 10 % de forma temporal.
- Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE): minorado temporalmente para las empresas generadoras, lo que indirectamente moderaba el precio mayorista.
¿Todos los impuestos reducidos vuelven a subir el 1 de junio?
No todos al mismo ritmo ni en las mismas fechas. Además, la entrada en vigor del nuevo Real Decreto-ley 18/2026 ha redefinido el calendario de impuestos para la segunda mitad del año mediante un plan de salida ordenada (phase out):
Suben el 1 de junio de 2026 (junto al IVA del gas):
- IVA de la electricidad: también regresó al 21 % (para potencias inferiores o iguales a 10 kW y perceptores del bono social considerados como vulnerables severos o en riesgo de exclusión social). La moderación del IPC energético ha accionado la misma cláusula de desactivación automática que en el gas. Sin embargo, si el IPC eléctrico de junio o julio supera en más de un 15 % el IPC del mismo mes del año anterior, el IVA volverá a bajar automáticamente al 10 % en agosto y septiembre de 2026.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE): recupera su tipo habitual del 5,11269632 %, pero cuenta con la misma salvaguarda que el IVA, pudiendo volver a bajar de forma automática al 0,5 % en agosto y septiembre de 2026 si repunta la inflación de la luz.
Se reestructuran con incrementos graduales o prórrogas a partir del 1 julio de 2026:
- IVA de los carburantes (gasolina y gasóleo): vuelve al 21 %. La reducción al 10 % de este impuesto si se mantuvo hasta el 30 de junio, ya que el IPC de los carburantes sí superó el umbral establecido en el decreto, por lo que la cláusula de desactivación no se accionó en este caso.
- Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) del gas natural: para amortiguar la subida, se establece una escala de recuperación progresiva del impuesto. El tipo general se sitúa en 0,00140 €/kWh en julio, 0,00173 €/kWh en agosto y 0,00202 €/kWh en septiembre de 2026 (antes de regresar a los 0,00234 €/kWh previos a la crisis). Cuenta con una salvaguarda para bajar a 0,00108 €/kWh en agosto o septiembre si el IPC del gas supera en más del 15 % el IPC del mismo mes del año anterior
- Ayudas y fiscalidad de los carburantes (gasolina y diésel): para el transporte profesional se mantiene el gasóleo profesional, mientras que para el resto de los consumidores se diseña una retirada gradual de la reducción del Impuesto sobre Hidrocarburos durante el verano, aplicando una rebaja de 15 céntimos/litro en julio, 10 céntimos en agosto y 5 céntimos en septiembre de 2026, sujeto también a una cláusula de salvaguarda.
- Impuesto a la Producción Eléctrica (IVPEE): el nuevo Real Decreto-ley 18/2026 extiende las medidas de apoyo para la segunda mitad del año. Se aplicará una minoración de la base imponible del 30 % en el tercer trimestre de 2026 y del 40 % en el cuarto trimestre de 2026. Además, el tipo se reducirá al 3,5 % en 2027 y pasará al 0 % a partir de 2028.