¿En qué consiste la bajada del IVA de la luz?
La medida consiste en reducir temporalmente el IVA aplicado al suministro eléctrico del 21 %, que es el tipo general, al 10 % para consumidores con potencia contratada no superior a 10 kW y para perceptores del bono social que tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
En la práctica, esto significa que el impuesto que se añade al importe de tu factura será menor, por lo que el total a pagar se reducirá en las próximas facturas emitidas tras la entrada en vigor de la medida.
¿Qué impuestos adicionales se reducen?
Además de la bajada del IVA, el Real Decreto-ley incluye otras medidas fiscales sobre la electricidad:
- Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE): baja del 5,11 % al 0,5 %. Siguen siendo aplicables los tipos mínimos de 1€/MWh o 0,5 €/MWh respectivamente. Esta bajada aplica desde el 22 de marzo de 2026 hasta el 30 de junio de 2026. No obstante, si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15% el IPC del mismo mes del año anterior, esta reducción del IEE dejará de aplicarse en el mes de junio.
- Minoración en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE): minoración del 10% de las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema durante el primer trimestre de 2026, y minoración de la totalidad de las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema durante el segundo trimestre de 2026.
¿Cuándo entra en vigor esta bajada del IVA de la luz?
La reducción temporal del IVA de luz aplica desde el 22 de marzo de 2026 hasta el 30 de junio de 2026. No obstante, si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15% el IPC del mismo mes del año anterior, esta medida dejará de aplicarse en el mes de junio.
La rebaja se aplicará de forma automática en las facturas que se emitan desde el 22 de marzo de 2026. Es decir, no tendrás que solicitar nada ni realizar ningún trámite.
¿A qué consumidores aplica?
Esta reducción se aplica de forma generalizada a todos los contratos de suministro eléctrico con una potencia contratada que no supere los 10 kW, que cubre a la gran mayoría de hogares, autónomos y PYMES en España. También se aplicará a los contratos de suministro eléctrico de perceptores del bono social que tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
¿Por qué el Gobierno baja ahora el IVA de la luz?
El motivo de esta decisión es la nueva tensión en los mercados energéticos internacionales. Responde al repunte de los precios de la electricidad y de otras fuentes de energía, vinculado a la guerra en Oriente Medio y a su impacto en materias primas y suministros. La intención es doble:
- Reducir el coste inmediato que soportan los consumidores.
- Contener el efecto de la subida energética sobre la inflación y la actividad económica.
Se trata, por tanto, de una respuesta extraordinaria ante un contexto también extraordinario.