Los impuestos en tu factura de la luz: ¿cuáles son y cuánto pagas?
En España, la factura de la electricidad incluye dos impuestos directos que se aplican antes de que llegues a pagar el total, el Impuesto sobre la Electricidad (IEE) y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Ambos son de carácter nacional, están regulados por ley y los paga cualquier consumidor con contrato de luz, independientemente de la comercializadora que tengas. Se recaudan a través de las comercializadoras, que actúan como meras intermediarias para transferir ese dinero directamente a la Hacienda Pública.
El Impuesto sobre la Electricidad (IEE)
El Impuesto Especial sobre la Electricidad, conocido como IEE, es un tributo específico del sector eléctrico que se aplica sobre la base imponible de tu factura, es decir, sobre la suma del término fijo o de potencia (la potencia que tienes contratada), el término de energía (lo que consumes) y los peajes y cargos del sistema. Sobre ese importe total se aplica un tipo impositivo del 5,113 % (concretamente, 5,11269632 %).
Esto significa que, en términos prácticos, por cada 100 € de base liquidable, pagas unos 5,11 € solo en concepto de IEE.
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es el impuesto que mejor conocemos los consumidores, ya que se aplica sobre el consumo de bienes y servicios. Este tributo se calcula al final de todo el proceso de facturación. Es decir, se aplica un porcentaje sobre la suma total de todos los conceptos: el consumo de energía, el término de potencia contratada, el alquiler del equipo de medida (el contador) y, de forma acumulativa, también sobre el propio Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE).
Actualmente, el tipo general del IVA aplicado a la electricidad en España es del 21 %. Este es el tipo de referencia ordinario, aunque en determinadas circunstancias excepcionales el Gobierno ha aplicado reducciones temporales, llegando en algunos momentos al 10 % o incluso al 5 %. Estas bajadas han estado siempre condicionadas a la evolución del precio de la energía y han tenido carácter extraordinario y limitado en el tiempo.