Elementos que forman un CGMP
El cuadro general de mando y protección se compone de varios elementos que trabajan en conjunto para asegurar la correcta distribución y seguridad de la energía eléctrica. Cada componente tiene una función específica dentro del cuadro.
Interruptor general automático (IGA)
El interruptor general automático es el principal dispositivo de protección del cuadro. Tiene la capacidad de cortar la totalidad del suministro eléctrico en caso de detectar un fallo en el sistema.
Según la normativa ITC-BT-17, debe tener un poder de corte mínimo de 4.500 A y ser de corte omnipolar. Es el primer elemento que se activa si hay un fallo general.
Interruptores automáticos en polos (PIA)
Los pequeños interruptores automáticos o interruptores automáticos en polos , protegen cada uno de los circuitos individuales dentro de la instalación (iluminación, cocina, lavadora, climatización, etc.). Cada circuito cuenta con su propio PIA. De ese modo, en caso de problema, solo se corta la electricidad en el circuito afectado y no en toda la instalación.
Diferenciales
El interruptor diferencial es el dispositivo de protección de las personas. Detecta diferencias entre la corriente que entra y la que sale de un circuito, lo que indica una fuga de corriente, y corta el suministro de forma instantánea. Esto es fundamental para prevenir electrocuciones en situaciones como el contacto con un cable pelado o el mojado de un aparato eléctrico. La normativa exige una sensibilidad máxima de 30 mA en viviendas.
Borneras
Las borneras, también conocidas como terminales, permiten conectar los diferentes cables que vienen del exterior con los elementos internos del cuadro. Por lo tanto, estos elementos facilitan la conexión y desconexión de los diferentes circuitos.
Interruptor de Control de Potencia (ICP)
Aunque en las instalaciones más modernas con contadores inteligentes esta función se gestiona de forma digital en el propio contador, en algunas viviendas el ICP sigue presente en el CGMP como un dispositivo precintado que corta el suministro si se supera la potencia contratada con la comercializadora.